Cuántos días de vacaciones te corresponden
La ley fija un mínimo de 30 días naturales de vacaciones al año, aunque tu convenio puede mejorarlo (muchos usan 22 días laborables). Si trabajas solo parte del año, las vacaciones se devengan en proporción al tiempo trabajado.
Vacaciones no disfrutadas
Mientras dure el contrato, las vacaciones no se pueden cambiar por dinero: hay que disfrutarlas. Al terminar la relación laboral, los días devengados y no disfrutados se compensan en el finiquito.
Ejemplo práctico
Si tu contrato empezó antes de enero y causas baja el 30 de junio, has trabajado el 49,6 % del año, así que ya has generado ese mismo porcentaje de tus vacaciones anuales. Si ya has disfrutado el 30 % de ellas, te queda pendiente el 19,6 % de tus vacaciones anuales, que se paga en el finiquito.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me pagan por cada día de vacaciones?
Normalmente el equivalente a un día de salario, que para días naturales suele calcularse como el sueldo anual entre 365. Revisa tu convenio, porque puede incluir pluses.
¿Puedo cobrar las vacaciones en vez de cogerlas?
No mientras sigues trabajando. La compensación en dinero solo es posible cuando el contrato termina.
¿Qué pasa si he cogido más días de los que me corresponden?
Si al terminar el contrato has disfrutado más días de los devengados, la empresa puede descontar la diferencia del finiquito, según el caso.
¿Se pierden las vacaciones si no las cojo?
En general deben disfrutarse dentro del año natural, aunque tu convenio puede establecer otras reglas. Si te quedan pendientes, consúltalo con tu empresa o un profesional.